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VERIFACTU: EL NUEVO SISTEMA ESPAÑOL DE CONTROL FISCAL

12.10.26
VERIFACTU SYSTEM
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VeriFactu: El nuevo sistema Español de control fiscal

En España, las empresas deben prepararse para nuevos requisitos de cumplimiento normativo con la aplicación del reglamento relativo a los sistemas informáticos de facturación (SIF), del que VeriFactu constituye una de las modalidades. Inicialmente prevista para 2026, la obligación de adaptar los sistemas de facturación se aplazó a 2027. El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda español anunció su intención de aplazar determinadas obligaciones hasta octubre de 2028. No obstante, este nuevo calendario está pendiente de confirmación mediante la aprobación formal de las disposiciones correspondientes.

Este sistema, derivado de la ley antifraude de 2021 y desarrollado, en particular, por el Real Decreto 1007/2023, modificado en 2025, y la Orden Ministerial HAC/1177/2024, tiene como objetivo reforzar la integridad, la trazabilidad y la conservación de los datos de facturación para combatir el fraude fiscal.

Deveho Consulting Group, como socio comercial de Sage, acompaña a las empresas en su transición hacia una gestión de la facturación más segura, entre otras soluciones, mediante herramientas como Sage X3. No obstante, el cumplimiento efectivo depende de la versión del software, de su configuración y de los requisitos aplicables a cada empresa.

¿Qué es VeriFactu?

VeriFactu es una de las dos modalidades previstas por la normativa española relativa a los sistemas informáticos de facturación. Esta normativa exige que los sistemas afectados garanticen, entre otros aspectos, la integridad, la conservación, la accesibilidad, la legibilidad, la trazabilidad y la inalterabilidad de los registros de facturación.

En la práctica, cada emisión de una factura genera un registro informático que debe cumplir requisitos técnicos específicos. En función de la modalidad elegida, este registro puede:

  • Transmitirse automáticamente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en el marco de la modalidad VERI*FACTU.
  • O conservarse en el sistema de facturación conforme a requisitos de seguridad reforzados, sin transmisión sistemática a la AEAT, en el marco de la modalidad NO VERI*FACTU.

La normativa también establece el uso de un código QR en las facturas correspondientes, de acuerdo con las condiciones definidas legalmente.

El objetivo es claro: limitar las posibilidades de manipulación de los datos de facturación, mejorar su trazabilidad y facilitar el control fiscal.

 

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Calendario de implementación

El calendario normativo ya ha sido objeto de un aplazamiento. A 12 de octubre de 2026, los plazos establecidos en la normativa vigente siguen siendo los siguientes:

  • Desde el 29 de julio de 2025: los productores y comercializadores afectados deben ofrecer sistemas de facturación adaptados a los requisitos normativos, de acuerdo con el calendario establecido. No se trata de una certificación oficial universal de los programas informáticos, sino del cumplimiento de los requisitos aplicables y de las correspondientes obligaciones de declaración.
  • A partir del 1 de enero de 2027: los contribuyentes sujetos al Impuesto sobre Sociedades deben haber adaptado sus sistemas informáticos de facturación.
  • A partir del 1 de julio de 2027: esta obligación se extiende al resto de contribuyentes afectados, incluidos los trabajadores autónomos que desarrollan una actividad económica.

Actualidad normativa: el 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda español anunció su intención de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de aplicación en virtud del reglamento SIF, con el objetivo de armonizar su calendario con el de la facturación electrónica B2B para determinadas empresas. En el momento de esta actualización, este anuncio debe distinguirse de una modificación normativa formalmente aprobada. Por tanto, las empresas deben seguir las publicaciones oficiales antes de modificar su calendario de adaptación.

Cabe señalar que los contribuyentes acogidos al sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) quedan excluidos del ámbito de aplicación del reglamento SIF para sus propias facturas, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la normativa. También pueden aplicarse normas específicas en los territorios españoles sujetos a regímenes fiscales particulares.

¿Cómo cumplir con VeriFactu?

Para cumplir con la normativa, los sistemas informáticos de facturación afectados deben incorporar diversos requisitos técnicos y funcionales:

  • Integridad e inalterabilidad de los registros: los datos deben estar protegidos frente a modificaciones o supresiones que no se ajusten a la normativa. Las correcciones o anulaciones deben seguir el procedimiento legal correspondiente y dejar las trazas exigidas; no se puede eliminar libremente el registro original.
  • Trazabilidad y encadenamiento de los registros: un mecanismo de huella digital (hash) vincula los registros entre sí para permitir la detección de posibles alteraciones.
  • Código QR obligatorio: las facturas afectadas deben incluir un código QR que permita, entre otras funciones, transmitir determinados datos a la AEAT o consultar la información de verificación disponible, según la modalidad utilizada.
  • Transmisión de los registros: en la modalidad VERI*FACTU, los registros de facturación se envían a la AEAT inmediatamente después de su generación, conforme a las especificaciones técnicas.
  • Requisitos de seguridad adicionales: en la modalidad NO VERI*FACTU, el sistema debe cumplir obligaciones reforzadas, especialmente en materia de firma de los registros y conservación de un registro de eventos del sistema.
  • Declaración responsable del software: los productores afectados deben cumplir las obligaciones normativas aplicables a sus soluciones, incluidas las relativas a la conformidad técnica y la documentación.

Es importante distinguir estos requisitos de los correspondientes a la facturación electrónica B2B. VeriFactu se centra principalmente en el funcionamiento y la trazabilidad de los sistemas de facturación, mientras que la facturación electrónica B2B regula la emisión y recepción de facturas electrónicas entre empresas y profesionales.

Las funciones de los actores:

  • Emisor: la empresa o el profesional que emite la factura debe utilizar un sistema conforme cuando le resulte aplicable el reglamento. En la modalidad VERIFACTU, los registros se transmiten a la AEAT. Las facturas emitidas conforme a esta modalidad deben incluir la mención reglamentaria «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERIFACTU», según las disposiciones aplicables.
  • Destinatario: el cliente recibe la factura y puede utilizar el código QR para acceder a las funcionalidades de verificación previstas por la AEAT. También puede transmitir determinada información a la Administración tributaria mediante el procedimiento establecido. No obstante, el código QR no constituye por sí solo una certificación general de la validez comercial de la factura.
  • Proveedor del software: el proveedor del sistema de facturación debe cumplir los requisitos normativos que le correspondan y ofrecer una solución conforme dentro de los plazos establecidos.
  • Administración tributaria: la AEAT recibe los registros transmitidos mediante VERI*FACTU y pone a disposición los servicios de consulta y verificación previstos por el sistema.

Ventajas de VeriFactu

La adaptación al reglamento SIF y el uso de la modalidad VERI*FACTU pueden aportar diversas ventajas:

  • Una mayor trazabilidad de los registros de facturación.
  • La transmisión automatizada de los registros a la AEAT en la modalidad VERI*FACTU.
  • Una reducción del riesgo de manipulación fraudulenta de los datos.
  • Una consulta más sencilla de la información de verificación mediante el código QR.
  • Una mayor disponibilidad de los datos necesarios para las inspecciones fiscales.
  • La modernización de los procesos de facturación y una mejor integración con las herramientas de gestión.
  • Una preparación más estructurada para futuras modificaciones de la normativa fiscal digital.

No obstante, la elección de la modalidad debe tener en cuenta las obligaciones de la empresa, su organización y las capacidades de su sistema informático. La modalidad NO VERI*FACTU sigue siendo una opción normativa para los contribuyentes afectados, pero implica requisitos técnicos específicos.

Cómo puede ayudarle Deveho Consulting Group

La adaptación a VeriFactu puede requerir cambios técnicos, organizativos y funcionales. Como socio comercial de Sage, Deveho Consulting Group acompaña a las empresas en la evolución de sus procesos de gestión y facturación, entre otras soluciones, mediante herramientas como Sage X3.

En función de la versión implementada, de la configuración elegida y de las necesidades de la empresa, este acompañamiento puede contribuir a:

  • Proteger los procesos de facturación y la gestión de los datos.
  • Evaluar las necesidades de adaptación del sistema informático.
  • Preparar los cambios necesarios para responder a los requisitos normativos aplicables.
  • Mejorar la integración de los procesos de facturación con las demás funciones de gestión.
  • Anticiparse a la evolución del marco fiscal español.

La conformidad debe comprobarse para la versión y la configuración concretas del software utilizado. Por ello, se recomienda confirmar las funcionalidades disponibles para VeriFactu con el interlocutor de Sage o con el integrador correspondiente.

Facturación electrónica VS. VeriFactu

Facturación electrónica frente a VeriFactu

España está experimentando una importante transformación de sus obligaciones de facturación, con varios sistemas destinados a modernizar los intercambios y reforzar el control fiscal. Entre ellos, conviene distinguir dos ámbitos: la facturación electrónica B2B y el reglamento relativo a los sistemas informáticos de facturación, del que VeriFactu constituye una de las modalidades. Aunque están relacionados, sus objetivos y requisitos son diferentes.

La facturación electrónica

La facturación electrónica consiste en emitir, transmitir y recibir facturas en formato electrónico, de acuerdo con los requisitos normativos aplicables.

Su objetivo es, entre otros, digitalizar los intercambios entre empresas, mejorar la eficiencia de los procesos administrativos y facilitar la gestión de las facturas.

Una factura electrónica no se limita necesariamente a un PDF enviado por correo electrónico. Según la normativa aplicable, puede tener que cumplir requisitos específicos de formato, transmisión, recepción y conservación.

La normativa española sobre facturación electrónica B2B tiene su propio calendario de implementación. En octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció su intención de armonizar este calendario con el de las obligaciones SIF/VeriFactu. Los plazos aplicables deben confirmarse a partir de los textos publicados oficialmente.

Para saber más sobre la facturación electrónica en España y Europa, consulta nuestro artículo dedicado:

https://deveho.purpl-web.com/es/newsroom-es/e-invoicing-in-europe/

VeriFactu

VeriFactu forma parte de la normativa española relativa a los sistemas informáticos de facturación. Su principal objetivo es garantizar la fiabilidad y la trazabilidad de los registros generados por estos sistemas.

Entre sus principales características destacan:

  • La transmisión sistemática de los registros a la AEAT en la modalidad VERI*FACTU.
  • El encadenamiento de los registros y los mecanismos destinados a garantizar su integridad.
  • La incorporación de un código QR en las facturas afectadas.
  • Requisitos técnicos reforzados para los sistemas que funcionan en modalidad NO VERI*FACTU, especialmente en materia de firma y registro de eventos.

En resumen: la facturación electrónica se centra principalmente en el formato y el intercambio de facturas entre empresas, mientras que VeriFactu se refiere a la conformidad de los sistemas informáticos que generan los registros de facturación y a su trazabilidad fiscal. Ambos sistemas están relacionados, pero no son intercambiables ni están sujetos automáticamente a las mismas obligaciones.

Conclusión

Con VeriFactu, España refuerza los requisitos aplicables a los sistemas informáticos de facturación y continúa avanzando hacia una Administración tributaria más digitalizada.

Para las empresas y los trabajadores autónomos afectados, el reto consiste en comprender las obligaciones aplicables, comprobar la conformidad de sus herramientas y anticiparse a los plazos normativos. El anuncio de octubre de 2026 sobre un posible aplazamiento hasta octubre de 2028 también debe seguirse de cerca, ya que su aplicación depende de la formalización del nuevo calendario.

Gracias al acompañamiento de socios como Deveho Consulting Group y a soluciones de gestión como Sage X3, las empresas pueden evaluar sus necesidades y preparar la evolución de sus procesos de facturación.

La adaptación a VeriFactu no representa únicamente una obligación normativa: también es una oportunidad para reforzar la fiabilidad de los datos, modernizar los procesos de gestión y anticiparse a la evolución de la fiscalidad digital.

 

Fuentes oficiales para seguir la evolución normativa: